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  • 10 de octubre de 2024
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Por Zuhey Medina / Metapolítica

Morelia, Mich., a 10 de octubre del 2024.– El Congreso del Estado de Michoacán aprobó en lo general y lo particular la despenalización del aborto con 27 votos, 6 en contra y 3 abstenciones.

La iniciativa propuesta planteaba modificar el Código Penal del estado para que se despenalice la interrupción voluntaria del embarazo hasta las 12 semanas de gestación. Sin embargo, aún se considera una pena legislativa (sin máxima o mínima) para las mujeres que de manera voluntaria decidan abortar fuera de este rango de tiempo.

Asimismo, quedó aprobado en lo particular la modificación al artículo 142, con reservas de los diputados Bautista Tafoya, Conrado Paz, Abraham Espinoza y Juan Antonio Magaña de la Mora. De igual manera, quedó aprobado el artículo 146 con abstenciones del diputado Abraham Espinoza, Bautista Tafoya, Conrado Paz y un servidor Juan Antonio Magaña de la Mora.

Se discutió suprimir la fracción 4, que señala que no será punible la interrupción del embarazo sin limitante de la etapa gestacional, cuando la mujer adolescente niña o persona gestante se encuentre en una situación económica precaria señalaron:

“Porque creemos que la situación precaria no es un argumento para llevar a cabo un aborto”.

Sobre la fracción 6, que señala no será punible tampoco la interrupción del embarazo sin limitante de la etapa gestacional cuando sea por causa de accidente o conducta imprudencial argumentó Magaña de la Mora que tendría que suprimirse ya que sería innecesario considerando los demás artículos del código penal que se modificarían.

Ambas reservas fueron rechazadas por el pleno.

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